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Todo lo que necesitas saber de la entrada en vigor de la Ley Sinde-Wert

Hoy es un día triste en España. Y lo es porque la conocida a nivel popular como Ley Sinde-Wert acaba de entrar en vigor tras más de dos años de tramitaciones durante los que una parte importante de la sociedad civil, junto a empresas de diferentes sectores relacionados con la tecnología, han venido mostrando su absoluto rezado al nuevo marco regulatorio.

Pero primero Ángeles Gónzalez-Sinde, quien fue Ministra de Cultura durante el mandado de Zapatero y propuso la legislación, y después Jose Ignacio Wert, que ostenta actualmente ese cargo en el Gobierno de Mariano Rajoy, decidieron ignorar todas las protestas y argumentos contra la regulación para aprobar el actual Ejecutivo en Consejo de Ministros vía Real Decreto el reglamento de esta mal llamada ley antidescargas que finalmente fue aprobado en el Congreso el pasado 10 de diciembre de 2011.

Así que ahora sí lo que muchos nos temíamos se ha hecho realidad. Antes esto, es el momento de refrescar y actualizar las principales claves relacionadas con la Disposición final segunda, el nombre oficial de la Ley Sinde-Wert.

 

¿Qué es?

La Ley Sinde, rebautizada a Ley Sinde-Wert al haber sido impulsada entre la exministra Gónzalez-Sinde y el ministro Wert, es el nombre con el que se conoce popularmente un apartado de la Ley de Economía Sostenible llamado Disposición final segunda con el que se pretende combatir las webs infractoras de derechos de autor.

Esa es la versión oficial. En la práctica estamos ante un peligroso nuevo sistema administrativo-judicial, gestionado por una Comisión de Propiedad Intelectual que a su vez está formada por personas dependientes del Ministerio de Cultura, con el que el Estado gana en poder para controlar lo que circula por la red al disminuir la capacidad de análisis y decisión de los jueces en este tipo de caso (hasta ahora en líneas generales la justicia española ha exculpado a las webs de enlaces).

 

¿Dónde nace este cáncer?

De forma resumida, podemos decir que el 27 de noviembre de 2009 el Gobierno de entonces presentó en el Congreso el proyecto de la nueva Ley de Economía Sostenible, dentro del que incluyeron la Ley Sinde, a espaldas de la ciudadanía que al poco se enteró de su existencia produciéndose acto seguido un estallido de protestas en la red.

De ahí en adelante la sucesión de acontecimientos es larga. Se producen manifestaciones en la calle, se modifican partes del reglamento, se frena y luego se vuelve a reactivar introduciendo ciertas modificaciones que solo lo empeoran… y así un largo etcétera hasta que finalmente como explicaba al principio el Gobierno del Partido Popular, elegido en las Elecciones Generales de 2011, decide dar la estocada final y aprobar la regulación.

¿Por qué tanta insistencia en aprobar algo que convence a muy pocos? Esta es la pregunta más interesante.

Como indicaba, la versión oficial dice que es que en España semos mu piratas por lo que algo había que hacer para frenar la piratería de contenidos protegidos en Internet. La realidad es que la Ley Sinde-Wert sigue la tendencia internacional de proporcionar herramientas a las grandes empresas de la industria cultural para proteger sus obsoletos modelos de distribución y comercialización, todo orquestado a su vez por el poderoso lobby del copyright estadounidense.

 

¿A quién afecta?

Los políticos involucrados en la aprobación del nuevo marco regulatorio se han preocupado mucho por repetir hasta la saciedad que solamente afectará a las webs de enlaces, aquellas que proporcionan catálogos de enlaces para descargar contenidos sin el consentimiento de los titulares de los derechos.

Otra falacia más, ya que las medidas de la Ley Sinde-Wert:

Podrán ser aplicadas a cualquier persona física o jurídica que proporcione un servicio de la sociedad de la información, entendiéndose como tal según la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicio de la sociedad de la información y de comercio electrónico que directa o indirectamente actúen con ánimo de lucro o hayan causado o sean suceptibles de causar un daño patrimonial al titular de derechos.

La Ley 34/2002 engloba en servicio de la sociedad de la información lo siguiente:

Se acoge, en la Ley, un concepto amplio de servicios de la sociedad de la información, que engloba, además de la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio (como el que efectúen los periódicos o revistas que pueden encontrarse en la red), las actividades de intermediación relativas a la provisión de acceso a la red, a la transmisión de datos por redes de telecomunicaciones, a la realización de copia temporal de las páginas de Internet solicitadas por los usuarios, al alojamiento en los propios servidores de información, servicios o aplicaciones facilitados por otros o a la provisión de instrumentos de búsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet, así como cualquier otro servicio que se preste a petición individual de los usuarios (descarga de archivos de vídeo o audio…), siempre que represente una actividad económica para el prestador. Estos servicios son ofrecidos por los operadores de telecomunicaciones, los proveedores de acceso a Internet, los portales, los motores de búsqueda o cualquier otro sujeto que disponga de un sitio en Internet a través del que realice alguna de las actividades indicadas, incluido el comercio electrónico.

O dicho de otra manera, al regularse los puros enlaces -que son básicos en el funcionamiento de Internet- y estar la norma confeccionada en base a términos genéricos, la Comisión puede actuar sobre cualquier página web.

 

¿Qué es exactamente la Comisión? ¿Quién la forma?

La Comisión de Propiedad Intelectual es un órgano ejecutivo, dependiente del Ministerio de Cultura, que entre otras cosas tiene potestad para determinar si las webs denunciadas ante ellos por titulares de derechos que consideren que las mismas están infringiéndolos comenten falta o no. Está formada por dos secciones:

  • La Sección primera: sobre la que recaen las competencias de mediación y arbitraje en los procesos des gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual y los casos de conflictos entre distantes entidades de gestión y titulares y entidades.

  • La Sección segunda: la más preocupante. Se ocupa de “salvaguardar los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de la información”. Es la que recibe las denuncias, notifica a los denunciados, solicita información a los sospechosos y determina si hay falta o no.

Dotar a un órgano administrativo de este poder, es un problema serio, que se complica aún mas si quienes lo forman son elegidos a dedo. Este es el caso, ya que en el Reglamento de la ley se establece que los miembros de la Comisión son nombrado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta de los Subsecretarios de los Ministerios de Justicia, Educación, Cultura y Deporte, y Economía y Competitividad.

Los nombres de quienes la forman todavía no han sido relevados (pongámonos a temblar).

 

¿Cómo funciona el proceso de cierre de webs?

Ya sabemos quién manda, ahora falta explicar cómo funciona el proceso mediante el que una web en España podrá ser clausurada. Los pasos son los siguientes:

  • 1 La Sección segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual actuará cuando reciba denuncia de los “titulares de los derechos de propiedad intelectual que se consideren vulnerados” o sus representantes. Lógicamente estos tendrán que acreditar la titularidad de los derechos.

  • 2 Seguido, si la Sección segunda concluye que la web denunciada incurre en falta:

    • 2.1 Identificará al presunto infractor. Si es capaz, se pasa directamente al paso 2.2. Si no, pedirá al Juzgado Central Contencioso-Administrativo que le solicite al ISP que aloja la página que supuestamente está vulnerando propiedad intelectual los datos de su su dueño. Importante recalcar que el Juez decidirá hacer la petición de información o no en base a lo que le diga la Comisión y en máximo 48 horas.

    • 2.2 La Sección segunda pedirá al titular de la web que elimine los contenidos con los que a su parecer se están saltando la propiedad intelectual. Si los retira o suspende el servicio, se acabó el proceso, y si no: en máximo 2 días la parte demandante y la demanda presentarán sus alegaciones. En 5 días, la sección presentará sus conclusiones de las pruebas introducidas por las partes. A continuación en tres días dictará resolución y se la remitirá a los afectados. Por último si es de cierre, la resolución se remite al Juez que dispone de 24 horas para autorizar o no.

Conclusión, el juez se limita a ratificar o no lo que dice la Sección segunda sin permitirle participar en el proceso de determinación de culpabilidad o no.

El broche final a todo este torticero proceso lo pone una Orden Ministerial incluida en el BOE del miércoles 29 de febrero de 2012 que establece que las comunicaciones de los denunciados con la Sección segunda obligatoriamente tienen que realizarse utilizando el Registro Electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con un certificado digital, lo que supone un ataque al derecho de defensa. En palabras del abogado Javier Maestre:

Aplicar esta obligación a las personas físicas y además, en el marco de un procedimiento sancionador, podría restringir las posibilidades de defensa, generando indefensión e ir en contra de la tutela judicial efectiva consagrada constitucionalmente.

Y añade que la obligación de la comunicación electrónica provocará que:

Todas las notificaciones, hasta la inicial de inicio del procedimiento, se pueden hacer mediante el sistema electrónico, lo cual no tiene mucho sentido, pues supondría que en la práctica todos los prestadores de servicios de la sociedad de la información así como los servicios de intermediación deben estar inscritos en el registro de notificaciones electrónicas

Con lo que se pretende:

Que los prestadores de servicios de la sociedad de la información tengan que estar inscritos en un registro

¿Cuándo llegarán los primeros cierres?

No lo sabemos. Lo que sí sabemos es que la Comisión ya ha recibido al menos una notificación, emitida por el músico Eme Navarro, contra más de 200 webs que enlazan a una canción suya con copyright. Lo sabemos porque se trata de una campaña para mostrar de forma práctica la ineficacia de la normativa.

La iniciativa parte del grupo Hacktivistas, quienes a través de la web Wertdeenlaces invitaron a que quien quisiera enlazara desde su web la canción del autor Eme Navarro protegida por propiedad intelectual para la ocasión (Navarro es de los más críticos con la Ley Sinde-Wert y normalmente distribuye sus obras bajo licencias Creative Commons).

Es más que probable que consideren que no hay infracciones pero es igual de interesante, por ver cuánto tiempo tardar en revolver (una de las banderas de la Ley Sinde es que agiliza la lucha contra *la piratería), y por demostrar lo fácil que es colapsar a la Sección segunda.

 

¿Qué efectos tendrá la normativa sobre el tejido empresarial?

Existen dos posturas bien diferencias. Por un lado están los grandes actores de la industria cultural, que parten de la base de que todos sus males son culpa de la piratería, por lo que creen que la Ley Sinde-Wert tendrá efectos positivos para sus maltrechos negocios ya que permite eliminar rápidamente -en teoría- cualquier web que esté distribuyendo contenidos protegidos por propiedad intelectual.

Por el otro tenemos a muchas empresas de otros sectores relacionados con Internet que opinan que la normativa tendrá numerosos efectos indeseados. Principalmente argumentan que la Ley Sinde-Wert introduce una fuerte inseguridad jurídica en la regulación de Internet, con lo que se dificulta la actividad de los emprendedores tecnológicos y se potencia un efecto huída de empresas e inversores.

Tal es el mosqueo que la Red de Empresas de Internet (REI) y la Asociación Española de la Economía Digital (adigital) han presentando ante el Tribunal Supremo un recurso contra el reglamento del marco regulatorio.

 

¿Qué hacer contra la Ley Sinde-Wert?

Si eres de los que todo esto de la Disposición final segunda le parece una barbaridad, hay varias consideraciones que debes tener en cuenta y cosas que puedes hacer para combatirla:

  • No te creas nada: Desde hace mucho tiempo venimos asistiendo a una campaña de intoxicación informativa emprendida desde diferentes poderes sobre la piratería, descargas, P2P y demás. Constantemente tergiversan términos, mezclan churras con merinas y lanzan eslóganes completamente falsos. Siempre que te encuentres con alguna información salida de un lobby, gestora de derechos y afines, piensa que su objetivo prioritario nada tiene que ver con proteger la cultural, solamente buscan proteger sus modelos que tanto dinero les dieron en el pasado. Siempre pon la información en cuarentena y contrasta.

  • Apoya y difunde: En las próximas semanas y meses es muy probable que nazcan más iniciativas de protesta como la de Hacktivistas, convocatorias de manifestación en la calle, se publique diverso material e incluso nazcan nuevo movimientos con objetivos concretos. Sin el apoyo y la difusión de la gente, todas esas cosas no sirven para nada por lo que es muy importante que que apoyes y difundas.

  • Fórmate y divulga: muchísimas personas no tienen ni idea de lo que es la Ley Sinde-Wert, ni la propiedad intelectual, ni el copyright por lo que la divulgación sobre estos temas es vital, pero para hacerla antes lógicamente deberás formate. Puedes empezar a hacerlo visitando nuestras sección Propiedad Intelectual.

  • Apoya los nuevos modelos: Paga por Spotify y en cualquier otro sitio que utilices y sea una alternativa a los sistema de distribución cultura tradicional. No solo eso, recomiéndaselos a tus amigos, habla de ellos en tu blog y Facebook. En definitiva haz lo que se te ocurra para apoyar los nuevos modelos.

 

¿Logrará la Ley Sinde-Wert sus objetivos?

Rotundamente no.

Más arriba ya vimos que a nivel de pura técnica será inservible, da igual que cierren 30 o 200 webs, estas serán sustituidas por otras o los usuarios mudarán hacia otras tecnologías como el P2P (justamente lo que está pasando tras el cierre de Megaupload).

A eso tenemos que sumar que elijamos el país que elijamos con su propia Ley Sinde en marcha (Francia mismamente), los resultados siempre son que la industralización de la piratería no para de crecer porque este tipo de legislación dificulta la modernización del sector y el avance de los nuevos modelos, que son los únicos que puede acabar con la industrialización de la piratería.

Fuente: http://alt1040.com/2012/03/la-ley-sinde-wert-entra-en-vigor-todo-lo-que-necesitas-saber

Megaupload cierra, acusados por el FBI

enero 19, 2012 Deja un comentario

Un reporte de Associated Press anuncia que Megaupload cierra y sus trabajadores han sido acusados. No hay más información por el momento más alla de que el sitio no funciona. Actualizaremos constantemente con nueva información. Rodrigo Aguiar, uno de los fundadores de @BreakingNews, trabajando actualmente en CNN México comenta la misma información.

De acuerdo al Wall Street Journal, el FBI ha acusado a siete personas trabajando en Megaupload de piratería online, aparentemente cuatro de ellos han sido arrestados en Nueva Zelanda.

Parte del comunicado de prensa del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, está en inglés, pero los tres puntos claves son:

  1. Se ha acusado a dos empresas, Megaupload Limited y Vestor Limited.
  2. Los cargos incluyen lavado de dinero y crimen organizado.
  3. La pena máxima que afrontan las personas acusadas es de hasta 20 años en prisión por crimen organizado, 5 años por conspirar en infringir copyright, 20 años por participar en prácticas de lavado de dinero y 5 más por cargos sustanciales en infringir copyright.

WASHINGTON – Seven individuals and two corporations have been charged in the United States with running an international organized criminal enterprise allegedly responsible for massive worldwide online piracy of numerous types of copyrighted works, through Megaupload.com and other related sites, generating more than $175 million in criminal proceeds and causing more than half a billion dollars in harm to copyright owners, the U.S. Justice Department and FBI announced today.

This action is among the largest criminal copyright cases ever brought by the United States and directly targets the misuse of a public content storage and distribution site to commit and facilitate intellectual property crime.

The individuals and two corporations – Megaupload Limited and Vestor Limited – were indicted by a grand jury in the Eastern District of Virginia on Jan. 5, 2012, and charged with engaging in a racketeering conspiracy, conspiring to commit copyright infringement, conspiring to commit money laundering and two substantive counts of criminal copyright infringement. The individuals each face a maximum penalty of 20 years in prison on the charge of conspiracy to commit racketeering, five years in prison on the charge of conspiracy to commit copyright infringement, 20 years in prison on the charge of conspiracy to commit money laundering and five years in prison on each of the substantive charges of criminal copyright infringement.

The indictment alleges that the criminal enterprise is led by Kim Dotcom, aka Kim Schmitz and Kim Tim Jim Vestor, 37, a resident of both Hong Kong and New Zealand. Dotcom founded Megaupload Limited and is the director and sole shareholder of Vestor Limited, which has been used to hold his ownership interests in the Mega-affiliated sites.

In addition, the following alleged members of the Mega conspiracy were charged in the indictment:

  • Finn Batato, 38, a citizen and resident of Germany, who is the chief marketing officer;
  • Julius Bencko, 35, a citizen and resident of Slovakia, who is the graphic designer;
  • Sven Echternach, 39, a citizen and resident of Germany, who is the head of business development;
  • Mathias Ortmann, 40, a citizen of Germany and resident of both Germany and Hong Kong, who is the chief technical officer, co-founder and director;
  • Andrus Nomm, 32, a citizen of Estonia and resident of both Turkey and Estonia, who is a software programmer and head of the development software division;
  • Bram van der Kolk, aka Bramos, 29, a Dutch citizen and resident of both the Netherlands and New Zealand, who oversees programming and the underlying network structure for the Mega conspiracy websites.
El usuario palazzjr ha publicado en Scribd un scan de la acusación completa hecha por el Gobierno de Estados Unidos. Entre otras cosas se menciona a sitios populares en hispanoamérica como: Taringa, Series Yonkis y Películas Yonkis como parte de una “megaconspiración” (página 6):

Mega Indictment

http://www.scribd.com/embeds/78786408/content?start_page=1&view_mode=list&access_key=key-1vi8vrpo0xzwjtneaij1(function() { var scribd = document.createElement(“script”); scribd.type = “text/javascript”; scribd.async = true; scribd.src = “http://www.scribd.com/javascripts/embed_code/inject.js”; var s = document.getElementsByTagName(“script”)[0]; s.parentNode.insertBefore(scribd, s); })();

De acuerdo a Carlos Sánchez Almeida, abogado experto en propiedad intelectual, El cierre de Megaupload podría suponer «incautación de documentación privada de millones de usuarios, violando su privacidad».

Por el momento no es claro si el no funcionamiento de Megaupload se debe a un “secuestro” por parte de las autoridades estadounidenses del dominio, de los DNS o de los servidores de la compañía, aunque nos inclinamos a la primera o segunda opción.

Un whois al dominio megaupload.com no revela, aún, información de un secuestro o “apropiamiento” por parte del Gobierno de Estados Unidos, como se está especulando. Sigue perteneciendo a:

Megaupload Limited
P.O. Box 28410
Gloucester Road Post Office
Wan Chai, Hong Kong 00000
HK

Los DNS siguen apuntando a:

NS1.MEGAUPLOAD.COM
NS2.MEGAUPLOAD.COM
NS3.MEGAUPLOAD.COM
NS4.MEGAUPLOAD.COM

Informaremos si hay cambios en este sentido.

Alejandro Vega Barredo apunta a una caída muy sustancial de tráfico en Sudamérica desde hace unas horas según los gráficos de Internet Traffic Report. Posiblemente relacionado al cierre de Megaupload.Actualización: La caída en el tráfico puede deberse a problemas de Telefónica en la región.

Fuente : http://alt1040.com/2012/01/megaupload-cierra

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Lista de mangas que se prohibiran por la ley 156

Ya esta por aplicarse la ley 156 promovida por el gobernador de Tokyo Shintaro Ishihara,que permitirá marcar como mayores de edad,con la restricciones que ellos pongan, ya como manga,anime y videojuegos,etc en el sector de Tokio.

(Shintaro ISHIHARA) Se nota que el viejo no a visto ni siquiera astroboy XD. A todos los Otaku empiecen a rezar para que no le prohíban los mangas o animes favoritos -_-

Los mangas considerados prohibidos son:

“Oku-sama wa Shougakusei” de Seiji MATSUYAMA (Akita Shoten) :

Este manga parte de la premisa que debido a la baja natalidad del país, el gobierno debe bajar la edad legal del matrimonio. El protagonista del manga, un chico de 24 años, termina casado con una chica de 12 años. El motivo de la prohibición de este tomo ha sido violación de menores.

“Kareshi Sharing” (“Lovers & Sharing”) de Yashi NATSUBA (Shobunkan) :

Dos hermanas gemelas se pelean después de que una le robara el novio a la otra. La acusada de robar el novio sugiere compartirlo. El motivo de la prohibición de este manga es incesto y violación.

“Hanamizawa Q-taro jisenshu hana-hiyori” de Q-tarou HANAMIZAWA (Mediax) :

Otro tomo de historias cortas de tipo erótico. El motivo de la prohibición de este manga es que aparecen escenas de sexo en la escuela.

“Midori no Kisetsu” de Maakou (Moerl Publishing) :

Un tomo que incluye ocho historias eróticas, tres de ellas relacionadas con el incesto que es uno de los motivos de su prohibición junto a la aparición de escenas de sexo dentro de la escuela.

“Koibito 8-gou” de Makoto OJIRO (Shonen Gahousha) :

Un manga erótico dónde una periodista intenta descubrir a un acosador enmascarado que ha estado forzando a mujeres. El motivo de su prohibición es la aparición de violaciones.

Algunos de los mangas prohibidos en esta primera ronda han sorprendido porque algunas de las obras no son consideradas tan explicitas como para sufrir esta ley o no tocan temas que se puedan considerar tabú como sí que pasa con otras.

Y esto recién comienza…nooooooo

TROLLEEN AL VIEJO ISHIHARA!!

Fuente: chikiotaku.com

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Bienvenido a la Censura de Internet – ACTA

Hace ya mucho tiempo se he estado tratando un tema muy importante, por lo menos aquí en mi país México, "ACTA" Anti-Counterfeiting Trade Agreement (Tratado de Comercio contra la Falsificación), he estado leyendo un poco sobre el tema pero no había encontrado un video que resumiera tan bien lo que todo Internauta, por lo menos hoy en lo que refiere a México y los que ya se han visto "beneficiados" como España y Canadá por sus propias versiones de ACTA, quieren para Internet.

Así que qudémonos callados todos para recibir una "bendición" más del gobierno y la mafia del copyright o alcemos la voz y protejamos lo que es nuestro derecho.

"ACTA no sólo debe ser rechazado, el tratado tendría que ser vetado"

Páginas de interés sobre el tema: Crítica PuraExolimpoALT1040

Fuente: http://blog.exolimpo.com/

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Se censuran varios animes tras la catástrofe de Japón

marzo 16, 2011 Deja un comentario

Tras las catástrofes sucedidas en Japón no sólo se han cancelado numerosos eventos por culpa del terremoto y programas por dar cobertura a la catástrofe, sino que también la censura ha llegado a las series anime. 

Varios anime que se planteaban emitir durante estos días en la televisión nipona se verán censurados o directamente no se emitirán a causa de las escenas que en ellos aparecen:

Eiga Precure All-Stars DX3 Mirai ni Todoke! Sekai o Tsunagu Niji-Iro no Hana, la tercera película basada en la saga de anime Pretty Cure. Esta película, la cual reunirá a todas las Pretty Cure de las distintas temporadas, se va a estrenar el 19 de marzo y todavía sigue programada para esa fecha, pero está siendo editadas puesto que contiene escenas de catástrofes naturales que pueden provocar una reminiscencia de lo sucedido.

El décimo episodio de Oniichan no Koto Nanka Zenzen Suki Janain Dakara ne!!, un anime sobre el amor incestuoso de dos hermanos. Este episodio realmente ya fue emitido el pasado 12 de marzo, pero se iba a realizar una retransmisión en el canal de anime AT-X. Finalmente se cancelará ya que tiene una escena cómica de un tsunami, tal y como se muestra en la imagen adjunta. A la vez que este capítulo se estaba emitiendo se superponía un mapa de Japón con las alertas de tsunamis.

Tokyo Magnitud 8.0, el anime cuya historia trata sobre las altas posibilidades de que un terremoto de mayor magnitud a 7 azote Tokio en los próximos años, terminando en una magnitud de 8.0. Esta obra ha cesado su emisión por razones obvias, ya que la trama fue incluso premonitoria, y se están reponiendo capítulos de series como Lupin III en lugar de los correspondientes a Tokyo Magnitude 8.0.

Otros medios también se ven afectados, como los videojuegos. El creador del juego Yeti anunció que se abstendrá de probar Root Double, el último juego de aventura de Never7 cuyo director es Takumi Nakazawa, ya que la historia aborda la fusión de un reactor nuclear. 

El lanzamiento en Japón del live-action de Aftershock, que narra los sucesos de 1976 por el terremoto Tangshan, estaba previsto para el 26 de marzo, pero ahora se ha retrasado a una fecha todavía no confirmada. Esta ya es la segunda vez que se retrasa, pues su lanzamiento estaba previsto para el 7 de marzo, pero se cambió la fecha por el terremoto del 22 de febrero en Nueva Zelanda.

El mangaka Tomonori Inoue informó en su Twitter el pasado lunes de que se reuniría con su editor para planear qué hacer con Coppelion, el manga de acción post-apocalíptico que está publicando. Sin embargo, más tarde confirmó que era por la forma en la que el manga sería publicado y distribuido en el futuro y no sobre la trama y el final en sí como algunos fans se temían.

Fuente: ANN

 

Fuente en español: http://ramenparados.blogspot.com

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Estados Unidos censura a Rojadirecta y embarga el dominio .com acusándola de infringir los derechos de autor

febrero 1, 2011 Deja un comentario

El famoso portal Rojadirecta con enlaces a retransmisiones deportivas ha visto cómo el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) bloqueaban el acceso a su web bajo el pretexto de que en ella se infringían los derechos de autor. A pesar del cierre, la web sigue siendo accesible por otros dominios.

Tal y como le sucediese a WikiLeaks, la censura estadounidense ha embargado el dominio Rojadirecta.org. Así lo ha denunciado el autor del popular portal web, el referente en nuestro país en cuanto a enlaces de retransmisiones deportivas online mediante programas P2P o vía streaming.
La noticia se conocía la pasada madrugada, según ha admitido, Igor Seoane, creador y administrador de la web. "Esta noche estaba trabajando a las 4.00 horas de la madrugada, y me di cuenta del bloqueo porque recibí un correo de un usuario que me avisaba de esto", aseguraba a elmundo.es. Desde esa hora se visualiza un mensaje en la web que confirma que el dominio ha sido embargado desde el país norteamericano por "reproducir o distribuir material con copyright sin autorización de los propietarios de los derechos de autor".
Numerosos sitios web ya han sido censurados desde el mismo departamento, acusados de piratería y de distribución de productos falsificados. "Se está danto una imagen muy lamentable de estos dominios, se devalúa mucho su imagen, parece que los dominios genéricos al final están en manos de EEUU y pueden censurarse desde allí", señaló Seoane.

Un juez español confirmó su legalidad

Para añadir más gravedad al asunto, hay que recordar que Rojadirecta fue legitimado por un tribunal español. Concretamente, por la Audiencia Provincial de Madrid en una sentencia de mayo de 2010 en la que se confirmaba que "la página web investigada no aloja los archivos ni realiza directamente la descarga, sino que se transfieren a través de programas de descarga de amplia difusión entre usuarios de Internet", por lo que se trata de una web legal.
De este modo, según ha afirmado el abogado experto en delitos informáticos Carlos Sánchez Almeida, "estamos ante un ataque a la soberanía e independencia del poder judicial español por parte de las autoridades de EEUU". No obstante, la web todavía es accesible desde dominios alternativos como el .com, .es, .me o .in. Corren malos tiempos para la libertad en Internet, siendo Estados Unidos uno de los países más restrictivos en este sentido.

Fuente: http://www.adslzone.net

Ishihara al aparato: “Los otakus son Anormales”

diciembre 17, 2010 Deja un comentario

Cada vez que Ishihara habla sube el pan, y tras llamar a los homosexuales de"genéticamente defectuosos" y calificarlos de "lamentables", la última perla del gobernador de Tokio, Shintaro Ishihara, va dirigida a los otakus y su "inaceptable" perversión; palabras con las que nos ha deleitado en una reciente rueda de prensa: “Hay un montón de pervertidos en el mundo. El ADN de esta gente debe estar corrupto. Son anormales.

ishipron También ha hablado del lolicon, esta vez sin insultar a ningún colectivo, del que ha dicho “Las historias que contienen violaciones a niños no sirven para nada. Causan más daño que beneficio”.

Como no, también nos ha dejado algún que otro comentario referido al Tokyo Anime Fair: “A quién le importa si no vienen – ¡ya vendrán el año que viene!” a lo que añade que en una feria dedicada al anime no es necesaria la presencia de la industria  “¡Como si no quieren volver nunca!”, concluye.

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Cuando se le ha hecho referencia a la polémica que giró en torno a él en 1972 con la publicación de su novela "Shinjitsu no Seikyouiku" ("La verdadera educación sexual"), se ha defendido diciendo que “ningún tipo de literatura lleva a los niños a cometer crímines o es causa de la delincuencia juvenil”, a lo que ha añadido “Me equivoqué”.

Pero no es esa la única obra polémica de Ishihara. De hecho, no son pocas las obras cuyo argumento está centrado en la violación publicadas en los últimos 50 años. Por ejemplo, "Kanzen na Yuugi", del 56, en la que un grupo de jóvenes secuestran a una niña que padece un retraso mental, a la que violan y tratan como a una esclava sexual, para terminar arrojándola por un precipicio.

ishiOtros ejemplos son "Taiyou no Kisetsu" o "Shokei no Heiya", obras que se encuentran disponibles en todas las librerías de Tokio y son accesibles a los menores sin ningún tipo de restricción.

Fuente: Sankaku Complex

Traduccion: http://ramenparados.blogspot.com/

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Tokyo censura el manga con contenidos "perniciosos"

diciembre 16, 2010 Deja un comentario

El pasado día 15 de diciembre se aprobó en Tokyo la ley 156 que prohíbe la venta a menores de manga, anime o videojuegos que puedan ser considerado como pernicioso para los jóvenes o que promuevan comportamientos inmorales o ilegales. 

La ley ha sido aprobada con el apoyo de todos los grupos parlamentarios mayoritarios, incluyendo tanto el LPD (Partido Democrático Liberal), partido impulsor de la ley y el Komeito, partido con el que LPD gobierna en coalición en Tokyo, como el actual partido en el gobierno, el DPJ (Partido Democrático de Japón). 

Shintaro Ishihara, gobernador de Tokyo y principal ideólogo de esta ley declaró que "es normal que esta ley haya sido aprobada. Aún queda sentido común en Japón".


La nueva ley entrará en vigor en 2011. En abril comienza el periodo de auto-regulación y finalmente en junio terminará la moratoria, siendo la ley de obligado cumplimiento. Debido al carácter ambiguo de la ley no queda muy claro lo que estará permitido o no. Para ello existirá un comité encargado de determinar que títulos se ajustan o no a la nueva normativa.

Aquellos títulos que no cumplan los requisitos que este comité determine serán marcados como "material para adultos" con lo que ello significa: problemas de distribución, localización en los puntos de venta, etc. 

Hay que tener en cuenta que esta ley solo afecta al anime, manga y videojuegos sin incluir en su alcance novelas, fotografías, series de TV o películas, motivo por el cual se considera que esta ley ataca directamente a los otakus.

Antecedentes

Aunque la noticia ha saltado ahora porque es cuando se ha aprobado la ley, este tema ya viene de tiempo atrás. Debido a presiones por parte de UNICEF Japón, activistas y otras asociaciones en julio de 2009 surgió una propuesta a nivel nacional, liderada por el LPD, para prohibir la posesión de material donde aparecieran actos sexuales de o con menores (un género de manga popularmente conocido como lolicon). Debido a la disparidad de opiniones entre los diferentes partidos del gobierno esta ley fue rechazada. En octubre el LPD presentó una versión revisada de la ley, pero ésta tampoco fue aprobada.

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Posteriormente en febrero de este año se intentó aprobar en Tokyo una ley no solo contra el lolicon, si no contra cualquier material audiovisual donde aparecieran escenas sexuales con personajes que pudieran ser considerados menores de edad debido a su vestimenta, accesorios, tono de voz, etc. Esta ley fue también rechazada por el DPJ bajo la argumentación que atentaba contra la libertad de expresión.

Uno de los motivos que causan más sorpresa en la aprobación de la ley 156 es el hecho de que haya sido aprobada en esta ocasión gracias al apoyo del DPJ que fue la fuerza que se opuso a todos los intentos de censura anteriores.

Reacciones

Las reacciones no se han hecho esperar, y las partes afectadas ya comenzaron sus protestas antes de que la ley fuera aprobada.
Un gran número de empresas cancelaron su asistencia a la Tokyo Anime Fair 2011, que tendrá lugar el próximo mes de marzo, debido a las declaraciones realizadas por Shintaro Ishihara, gobernador de Tokyo, sobre el manga y sus aficionados.

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Un grupo de 10 grandes empresas de la industria que incluye Kadokawa Shoten, Shueisha, Shogakukan, Kodansha, Akita Shoten, Hakusensha, Shonen Gahousha, Shinchosha, Futabasha y LEED Publishing Co., Ltd. han respondido indignados a los comentarios del gobernador y además de cancelar su presencia en el TAF 2011 también han bloqueado la aparición de cualquier anime que tengan bajo sus licencias.

A la respuesta y el enfado de las empresas, Shintaro Ishihara ha declarado que no le importa en absoluto este boycot y que si las empresas han decidido no asistir en 2011, es su decisión y su problema.

No sólo las empresas y los autores se han quejado. Un miembro del DPJ ha informado de que ha recibido una gran cantidad de e-mails de ciudadanos en contra de la ley 156 y la industria presentó una petición con más de 150.000 firmas en contra de la resolución.

¿Quién se puede ver afectado?

Aunque la ley sólo es efectiva en Tokyo, es indudable que afectará a nivel nacional. La mayoría de empresas no tienen la capacidad de realizar dobles lanzamientos de sus contenidos (uno para Tokyo y otro para el resto de Japón) así que se espera que Tokyo termine siendo el estándar.

Series o mangas con alto contenido erótico como To-Love-Ru o Panty & Stocking with Garterbelt tienen todos los números para ser señalados como contenidos perniciosos. El seinen, que suele tratar temas más adultos y puede contener grandes dosis de violencia o el shôjo picante también tienen muchas posibilidades de ser censurados. Y tampoco vienen buenos tiempos para el yaoi ya que el gobernador Ishihara tiene serios prejuicios en contra de la homosexualidad, considerando a los gays genéticamente defectuosos y merecedores de lástima y afirmando que no deberían aparecer en televisión. 

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La ley también afectará a los servicios accesibles vía móvil, que en Japón se llevan una gran parte del mercado, que podrán ser obligados por el gobierno a censurar los contenidos a los que un menor puede acceder a través de su terminal.

¿Quién es Shintaro Ishihara?

Shintaro Ishihara, el gobernador de Tokyo, ha sido el principal impulsor de la ley 156. Ishihara ha sido gobernador de Tokyo desde 1999 con el LDP. Es considerado un político de extrema derecha y tiene una larga lista de declaraciones y comentarios xenófobos, homófobos, misóginos o que atentan contra minorías.

altRecientemente cargó contra los aficionados al manga y al anime diciendo que "muchos aficionados al manga llevan vidas decadentes, sin ninguna meta" y que "deberían conocer mujeres reales, que responden cosas inesperadas y son más interesantes y adorables". A pesar de todo, las mujeres tampoco se libran, porque en 2001 declaró en una revista que "las mujeres mayores que no están en edad reproductiva son inútiles y su existencia es un crimen".

Tiene una larga retahíla de comentarios ofensivos contra los extranjeros, tanto hacia inmigrantes con frases del tipo "los extranjeros viviendo en Japón causarían el caos si hubiera alguna tragedia, como un terremoto", como a países extranjeros con comentarios como que "el francés no puede ser considerado un idioma internacional porque no sirve para nada".

Resulta especialmente curioso el hecho de que a pesar de la censura que Ishihara quiere imponer en el manga, el gobernador de Tokyo es autor de varias novelas de alto contenido erótico que incluyen escenas de violaciones en grupo de colegialas entre otras.

¿Qué va a hacer la industria?

A pesar de la contundente respuesta en contra de la ley, no está muy claro todavía que medidas concretas va a llevar a cabo las editoriales y otras empresas afectadas.

De momento han volado las críticas acusando a Ishihara de mentiroso, por no haber consultado al sector a la hora de hacer la ley a pesar de asegurar que se reuniría con ellos para negociar el contenido de la ley.

Además de las empresas, varios autores de manga, como Kubo Tite o Machiko Satonaka, han anunciado su apoyo a la industria y se han posicionado en contra de la ley 156.

A consecuencia del boycot de la industria al Tokyo Anime Fair 2011 el primer ministro Naoto Kan escribió en su blog que aunque es importante proteger a la infancia, el manga y el anime son muy importantes a nivel internacional y resultan un apoyo a la hora de promocionar Japón como marca. Por este motivo el primer ministro considera muy importante llegar a un acuerdo para conseguir que el TAF 2011 se pueda organizar de manera satisfactoria.

Conclusiones

Vienen tiempos duros para el manga, el anime y los videojuegos. El sector considera que esta ley les ataca directamente, al no afectar a las novelas o la ficción de imagen real y el gobierno no parece dispuesto a llevar a la ley a revisión.

Aunque por su parte, las empresas parecen estar dispuestas a luchar. En la cuenta de Twitter que Kodansha tiene para su concurso internacional de comic, la editorial pide a los participantes que no tengan en cuenta la nueva ley y presenten el trabajo con el contenido que quieran o que tengan pensado.

La ambigüedad de la ley hace que la comercialización de manga, anime o videojuegos quede en manos del equipo censurador del gobierno y cualquier contenido se puede convertir en inmoral o pernicioso a discreción.

Por otra parte, no queda claro que pasará con el Comiket, un gran evento que de forma bianual de venta de doujinshis. La mayoría de material que allí se vende es pornográfico y erótico y aunque en ocasiones se marca como material para mayores de 18 años, la venta en el evento es libre y no se pide ningún tipo de identificación al comprador.

Todavía queda mucho por ver en referencia a la ley 156.

Fuente: http://www.misiontokyo.com/noticias/

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